
Nosotros creemos que el problema de la Institución del Abogado de Turno no radica solamente en la “Gratuidad” de la prestación sino en su “Obligatoriedad”, ya que este sistema impone al Abogado encargarse de la defensa de las causas de las personas que gozan el privilegio de asistencia gratuita. Esto conlleva a varios problemas para el abogado designado, ya que no solamente debe soportar la carga de los gastos que produce la tramitación de la gestión, sino que además se puede ver expuesto a defensa de materias que no son de su conocimiento o especialización; o que sean contrarios a sus valores afectando el principio de libertad que inherente en nuestra profesión.
Proponemos que esta institución no debe ser rechazada de plano, sino que someterse a sustanciales modificaciones en su estructura. En primer lugar este sistema residual (según lo expuesto en las conclusiones) debiera ser voluntario, mediante un mecanismo de inscripción voluntaria al momento de la renovación de la patente profesional. Luego, las Cortes de Apelaciones respectivas elaboraran las listas de abogados inscritos como voluntarios y sus respectivas materias de especialización. Así mediante un sistema computacional los juzgados mantendrán un listado actualizados de los voluntarios disponibles. Además el cargo debe estar condicionado a la aceptación expresa del abogado designado.
En segundo lugar, para incentivar este sistema proponemos que los abogados voluntarios con causas ya designadas, accedan a un beneficio de rebaja tributaria al momento de efectuar su declaración de impuestos a la renta.
Y en tercer lugar creemos necesario que los abogados voluntarios estén sujetos a una supervisión efectuada por un organismo estatal, como podría ser la Corporación de Asistencia Judicial, para velar buen desempeño de está labor.
Creemos que estás modificaciones cambiarán la visión de los propios abogados sobre la institución del turno, incentivando en muchos casos a abogados que nunca tuvieron la oportunidad de realizar una función social en condiciones que permitirían su buen desempeño.
Proponemos que esta institución no debe ser rechazada de plano, sino que someterse a sustanciales modificaciones en su estructura. En primer lugar este sistema residual (según lo expuesto en las conclusiones) debiera ser voluntario, mediante un mecanismo de inscripción voluntaria al momento de la renovación de la patente profesional. Luego, las Cortes de Apelaciones respectivas elaboraran las listas de abogados inscritos como voluntarios y sus respectivas materias de especialización. Así mediante un sistema computacional los juzgados mantendrán un listado actualizados de los voluntarios disponibles. Además el cargo debe estar condicionado a la aceptación expresa del abogado designado.
En segundo lugar, para incentivar este sistema proponemos que los abogados voluntarios con causas ya designadas, accedan a un beneficio de rebaja tributaria al momento de efectuar su declaración de impuestos a la renta.
Y en tercer lugar creemos necesario que los abogados voluntarios estén sujetos a una supervisión efectuada por un organismo estatal, como podría ser la Corporación de Asistencia Judicial, para velar buen desempeño de está labor.
Creemos que estás modificaciones cambiarán la visión de los propios abogados sobre la institución del turno, incentivando en muchos casos a abogados que nunca tuvieron la oportunidad de realizar una función social en condiciones que permitirían su buen desempeño.

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Revisado.RBA
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